Page 57 - Dialogo1
P. 57
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
lA iMPUGNACiÓN eN el PROCeSO de CONTRATACiONeS Y AdQUiSiCiONeS del eSTAdO
voluntad de participar en el procedimiento licitatorio o bien
renunció a esta intención si retiró o aceptó la devolución de su
propuesta. Esto implica también que si el participante postu-
ló a algunos ítems de un proceso de selección en dicha mo-
dalidad, no puede impugnar sobre lo decidido sobre otros
ítems; pero esto no obsta a que el recurrente pueda locali-
zar incorrecciones que afecten la validez de la totalidad del
procedimiento licitatorio.
Si bien cabe señalar que la imposibilidad de impugnar no se
limita a este supuesto específico, debe aclararse que la impo-
sibilidad de impugnar el resultado del procedimiento de se-
Gaceta Jurídica S.A. Gaceta Jurídica S.A. Gaceta Jurídica S.A.
contradecir dicha decisión en la vía administrativa, de manera Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
lección no limita al participante a impugnar su propia desca-
lificación, por el contrario, la jurisprudencia del Tribunal de
Contrataciones es clara en permitir la impugnación por parte
de los participantes que han sido descalificados del proce-
so de selección. Así lo indica el Tribunal en la Resolución
Nº 193/2007.TC-SU de fecha 21 de febrero del 2007: “La
descalificación de un postor implica para este la pérdida de su
calidad de oferente, sin perjuicio del derecho que le asiste de
que su permanencia en el proceso de selección dependerá de
la resolución de tal asunto”.
En cuanto a la posibilidad de impugnar la buena pro, el
Tribunal ha aclarado que el participante descalificado –sin per-
juicio de lo señalado en el párrafo precedente– no puede cues-
tionar el acto de otorgamiento de la buena pro. Así lo deja ex-
plícito en la Resolución Nº 029/2007.TC-SU del 10 de enero
del 2007, “El postor que fue descalificado en la etapa de eva-
luación técnica al no haber cumplido con los requerimientos
técnicos mínimos, se encuentra legitimado para impugnar su
propia descalificación del proceso de selección, mas no para
cuestionar el acto de otorgamiento de la buena pro a favor del
postor adjudicatario así como su propuesta, al no haber parti-
cipado de dicho acto”.
En la misma Resolución Nº 193/2007.TC-SU, el Tribunal
de Contrataciones va más allá al estipular que solo cuando
se haya resuelto si era procedente o no la intervención del
59
Gaceta Jurídica S.A. Gaceta Jurídica S.A. Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.
Gaceta Jurídica S.A.