Page 28 - Tratado sobre las almas errantes
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II. Pero otros textos nos hablan del momento escatológico final como de una situación de mezcla en la que se
realiza una posterior separación.
Concluyendo, ¿ese acto de separar del que nos hablan los textos evangélicos supone la
posibilidad de una decisión salvífica post mortem? De acuerdo a los textos escriturísticos, nada
seguro se puede afirmar. Pero es cierto que resulta chocante que se hable repetidamente de una
situación de mezcla tras el juicio particular. A esto se podría intentar dar las siguientes respuestas:
a. Sólo se separa a la masa congregada tras la resurrección: Tal vez se podría explicar esa necesidad del
acto de separación física como resultado de la mezcla de las personas tras la resurrección universal. Se podría
tratar de una mera mezcla física, habiendo estado las almas ya de forma previa espiritualmente separadas
cada una en su morada. Las almas ya habrían sido separadas en el juicio particular. El Juicio Final sólo
separaría los cuerpos tras la resurrección universal. Esta concepción es muy material, pero recordemos que la
mentalidad semítica tiende a esta consideración física de las cosas. Ahora bien, se hace un poco extraño tanta
insistencia del Evangelio en el tema de la separación, si ésta consiste sólo en la separación de cuerpos.
b. Sólo se juzga a los que queden vivos: Una posibilidad sería entender que los pueblos congregados ante el
Juez y que precisan de ser separados sean sólo los de aquellos que han llegado al Juicio vivos. Esto
significaría que los muertos ya estarían separados, y que sólo quedaría por separar a los vivos. A veces,
solemos olvidar que quedarán vivos sobre la tierra cuando venga Jesucristo: iudicare vivos et mortuos. Ahora
bien, esta explicación no parece la correcta, porque ese artículo del Credo dice que vendrá también a juzgar a
los muertos. Lo cual está refrendado por Ap 20, 12: Y vi a los muertos, pequeños y grandes comparecer ante
Dios (…) y los muertos fueron juzgados de aquellas cosas escritas en los libros, de acuerdo a sus obras. Por
lo tanto, se afirma que serán juzgados también los muertos.
c. Sólo se separa a un pequeño número de almas: La inmensa mayoría de las almas en el juicio particular ya
habrán quedado separadas entre el extremo de la salvación eterna, y la condenación eterna en el otro extremo.
Únicamente una parte habrán quedado en un cierto estado de indefinición que requiere algo más de tiempo.
Por supuesto que existe una cuarta posibilidad que surge de estas tres anteriores. En el Juicio
Final habría que separar los cuerpos de los resucitados que resucitarán mezclados, habrá que juzgar
también a los que fueran viadores en el momento de la Venida de Cristo, y habrá que dar un destino
eterno a las almas perdidas que fueron dejadas, como un acto de misericordia, hasta el Juicio Final.
Conclusiones
Después de este análisis bíblico, llegamos a ciertas conclusiones con una relación directa en
el campo exorcístico:
I. No hay base escriturística firme para distinguir en las posesiones de los Sinópticos otro tipo de
espíritus que los daimonia.
II. Los Apóstoles creían, como las gentes de su época, en la existencia de almas de difuntos que se
podían manifestar a los vivos. No hay ningún problema en considerar que algún alma del purgatorio
se pueda manifestar en un lugar. Es decir, directamente; no a través del cuerpo de un poseso. Per se la
aceptación de la existencia de fantasmas no implica aceptación del intermediacionismo.
III. La potestad sacramental post mortem sólo encontraría refrendo bíblico en un solo versículo. Pero éste
no es claro. Tal práctica puede ser prohibida en el caso de que un exorcista la realice.
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