Page 32 - Tratado sobre las almas errantes
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cierta puerta abierta en esa dirección. Pero se puede objetar justamente que estas creencias más que
            a una posición de las iglesias ortodoxas, son frutos populares de una cierta falta de claridad de las
            posiciones teológicas oficiales.
                 Frente a las ambigüedades escatológicas de los ortodoxos, podemos afirmar que la fe en un
            juicio  particular  tras  la  muerte  ha  sido  objeto  del  esquema  tradicional  de  la  Iglesia  Católica.
            Schmaus escribe:

                      Se puede decir, sin duda, que la predicación usual y diaria habla claramente del juicio individual, mientras
                 que las definiciones eclesiásticas sólo tratan acerca de que el estado final ocurrirá inmediatamente después de la
                 muerte, pretendiendo con ello salir al paso del error que opina que el destino del hombre es incierto hasta el juicio
                 universal. Según la concepción tradicional, en la doctrina de la sanción inmediata está incluída la verdad de un
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                 juicio individual anterior a la sanción  .

                   Encontramos en la vida de San Benito un extraño episodio en el que a dos mujeres se les
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            levanta la excomunión después de muertas y eso permite que entren en el descanso eterno . El texto
            del  siglo  VI  se  halla  inscrito  en  una  vida  de  San  Benito  en  la  que  muchos  hechos,  sin  duda,
            proceden de una tradición oral que se halla corrompida. Aun así el Libro de los Diálogos, en el que
            se encuentra el texto, fue escrito por el Papa Gregorio Magno. Y eso muestra que él mismo pensaba
            que las censuras eclesiales de la vida podían desligarse después de la muerte, y que ese acto podía
            tener un efecto en la situación de las almas. Si bien, la lectura más acorde con el texto se limita a
            entender  que  si  la  excomunión  no  se  les  hubiera  levantado,  simplemente  hubieran  debido
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            permanecer más tiempo en el purgatorio .



                   En  la  Edad  Media  se  creía  como  verdadero  el  famoso  caso  de  Trajano,  que,  según  una
            leyenda atribuida falsamente a San Juan Damasceno, habría sido liberado de las penas del infierno
            por las oraciones de San Gregorio. Dado que la veracidad del episodio se estimaba avalada por la
            autoridad del Damasceno, los teólogos creían que tal cosa había sucedido.


                           [Santo  Tomás  de  Aquino]  dando  por  bueno  que  fueran  auténticos,  los  explica  por  una  excepción
                   milagrosa y singularísima (...), diciendo que antes de volver milagrosamente a la vida no habían sido asignados
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                   definitivamente al infierno, sino sólo provisionalmente .
            Santo Tomás escribió:

                          El hecho de Trajano se puede explicar, probablemente, del siguiente modo. Por las oraciones de San
                   Gregorio volvió de nuevo a la vida, y así consiguió la gracia, por la cual obtuvo la remisión de sus pecados, y,
                   por consiguiente, la liberación de su pena. (...) O hay que decir, según otros, que el alma de Trajano no fue
                   liberada totalmente del reato de la pena eterna, sino que le fue suspendida temporalmente, o sea hasta el día del
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                   Juicio .



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                   Michael Schmaus, Teología Dogmática, volumen VII, n. 302, pg. 413.
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                    SAN GREGORIO MAGNO, Libro de los Diálogos, libro II, capítulo XXIII. El texto entero de este episodio se
            haya reproducido en Tratado de las almas errantes, II parte, sección 11, parte A.
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                    Una reflexión más detallada del texto puede hallarse en véase Tratado de las almas errantes, II parte, sección
            11, parte B.
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                    Antonio Royo Marín, Teología de la Salvación, BAC, Madrid 1997, pg. 356.
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                    SANTO TOMÁS DE AQUINO, Supplementum, 71,5 ad 5.
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