Page 37 - Tratado sobre las almas errantes
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viceversa, si éste es tomado tan en serio como tiene que ser tomado según la Escritura, parece que no queda
espacio para el juicio particular. Surge, por tanto, la cuestión de cómo se relacionan el juicio particular y el juicio
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universal .
Como se ha visto, algunos han tratado de resolver este problema afirmando que el Juicio Final
en realidad es una proclamación: Lo esencial del juicio final frente al particular es la manifestación
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de la rectitud objetiva y de la importancia histórica de todos los acontecimientos de esta vida .
Pero algunos podrían alegar que proclamar no es lo mismo que juzgar. Y mucho menos si el
veredicto del juicio ya se goza o se sufre desde el juicio particular, como es el caso de los
bienaventurados y de los réprobos. Si la adquisición de la bienaventuranza o de la condenación
sentenciadas en el juicio particular se dejaran en suspenso hasta el Juicio Final, aún se podría
afirmar que, al menos, la sentencia se recibiría en el juicio particular, pero que el resultado del
veredicto se recibiría, de hecho, en el Juicio Final. Pero se ve que ni si quiera eso es así: la
remuneración de las obras, para bien o para mal, se recibe en el momento de la muerte.
Luego entonces ¿por qué se le llama “juicio” al Juicio Final si el castigo o recompensa se
reciben tras la muerte? Según la tesis intermediacionista una posible respuesta estaría en el hecho de
que queden almas por juzgar: no sólo los hombres que queden vivos en el mundo cuando Jesucristo
descienda a la tierra, sino también las almas que perdieron su camino hacia la Luz, las almas que no
rechazaron a Dios, almas que aun no dispuestas, no se cerraron de forma absoluta a la posibilidad
del arrepentimiento. Para el resto de la Humanidad, el Juicio Final sería una proclamación.
Sin embargo, el carácter judicial de esa comparecencia universal, aunque mencionado
verbaliter en la fórmula del Credo Apostólico y Constantinopolitano, resulta menos patente en la
Sagrada Escritura. Los textos bíblicos no son explícitos en cuanto a si el Juicio Final es juicio como
actum iudicandi o como consummatio iudicii. En Mt 25, 31-46 se hace una descripción de ese
momento, cuyos elementos son la congregación de las naciones ante Él, la separación de las ovejas
y las cabras, la admisión de los buenos y la expulsión de los malos. Pero éste y otros versículos no
refieren detalles judiciarios que vayan más allá de la sentencia divina, sino que refieren hechos que
tienen que ver con la separación. La cuestión es ¿no estaban ya separados antes, como se ve en la
Parábola del rico Epulón? Entre nosotros y vosotros ha sido fijado (esteriktai) un gran abismo
(jasma), Lc 16, 26.
Y, sin embargo, el Apocalipsis habla de forma de un juicio respecto a los muertos: y vi a los
muertos, pequeños y grandes comparecer ante Dios (…) y los muertos fueron separados/juzgados
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de acuerdo a aquellas cosas escritas en los libros, de acuerdo a sus obras .
A la luz de todo lo dicho, es una verdad de fe que habrá un Juicio Final. Según el común
entender, la proclamación de la sentencia forma parte del juicio. Sentenciar es juzgar. Ahora bien,
permanece irresuelta la cuestión de si queda algo por juzgar. Ese acto final puede ser más complejo
de lo que sabemos, a juzgar por el versículo de 1 Cor 6, 3 en el que se menciona que los hombres
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juzgarán a los ángeles . Y en Mt 19, 28 se asocia a los Apóstoles en el acto escatológico del
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Michael Schmaus, Teología dogmática, volumen VII, n. 302, pg. 423.
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Michael Schmaus, Teología dogmática, Tomo VII, n. 299, pg. 254.
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En este versículo el juicio/separación no cabe duda de que se realiza sobre los muertos: “Kai eidon tous
nekrous” (Ap 20, 12).
86 “Ouk oidate hoti aggelous krinoumen meti ge biotika” (1 Cor 6, 3).
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