Page 43 - Tratado sobre las almas errantes
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las leyes generales de la escatología, pues en ella no ha existido el tiempo escatológico como alma
            separada por la simple voluntad de Dios. Estos casos muestran que la voluntad de Dios se puede
            imponer por encima de las leyes generales que rigen la escatología.
                   Ahora bien, estos tres casos no estaban en la mente de Benedicto XII cuando escribió esa
            claúsula.  Porque  esos  tres  casos  son  excepciones  a  la  escatología,  pero  no  al  hecho  de  ir  de
            inmediato a una de las tres moradas retributivas. La Virgen fue inmediatamente al Cielo. Enoc y
            Elías siguen como viadores, puesto que no han muerto  103 . De ahí que estos casos (y no conocemos
            otros en las Escrituras) no estaban en la mente del pontífice.

                   Lo que está claro es que la redacción de la citada constitución para nada tenía en mente la
            tesis intermediacionista, pues nadie había formulado tal hipótesis aún, sino que la constitución se
            escribió para zanjar cualquier duda que pudieran haber dejado las afirmaciones personales del Papa
            Juan  XXII,  acerca  de  que  las  almas  de  los  difuntos  no  recibían  su  recompensa  eterna  hasta  la
            resurrección, sino que permanecían en un estado de existencia inconsciente hasta el Juicio Final.
                   Pues  como  escribió  Ratzinger:  En  el  texto  de  los  Padres,  él  [Juan  XXII]  descubrió  la
            doctrina  de  la  espera  para  el  Cielo,  la  cual,  como  hemos  visto,  dominó  el  entero  periodo
            patrístico 104 .  Por  lo  tanto,  no  cabe  duda  de  que  la  intención  magisterial  fue  acabar  con  esa
            concepción escatológica de un estado universal de espera para todas las almas antes de entrar en la
            retribución. La intención fue ésa y no la de de responder a la específica controversia escatológica
            que aquí se ha planteado, pues ninguna polémica se había suscitado al respecto. Pero a pesar de que
            ésta fuera la intención de Benedicto XII, lo cierto es que el texto de la Constitución  Benedictus
            Deus  afirma  lo  que  está  contenido  en  sus  palabras.  Aunque  no  fuera  su  intención  responder  a
            ninguna  polémica  sobre  el  juicio  particular,  de  hecho  contiene  una  enseñanza  respecto  a  él.
            Enseñanza a la que nos debemos atener.



            Conclusiones

                   Es cierto que en Benedictus Deus la afirmación secundum Dei ordinationem communem así
            como  la  expresión  inferna  admiten  interpretaciones.  Interpretaciones  que  sin  hacer  ninguna
            violencia  al  texto  no  excluirían  el  esquema  intermediacionista.  Ahora  bien,  la  carta  Super
            quibusdam  liga  la  entrada  al  purgatorio  al  hecho  de  estar  in  gratia,  y  la  carta  Sub  catholicae
            professione une la condenación eterna a la muerte en pecado mortal. Siguiendo la máxima de que
            los textos oscuros deben interpretarse a la luz de los textos claros, parecería que aquí el texto más
            amplio debe ser leído a la luz del documento que contenga alguna especificación.
                   El problema es que, aun admitiendo que hay que estar en gracia para ir al purgatorio, queda
            sin resolver por qué Benedicto XII enseñó que aquello era sólo la ordenación 105  común divina. Toda
            esta  polémica  se  hubiera  resuelto  si  hubiera  determinado  de  forma  categórica  que  tal  era  la
            ordenación  divina  y  punto.  Si  hubiera  escrito  eso,  tal  cosa  hubiera  constituido  una  proposición



                 103
                     “Pero  haré  que  mis  dos  testigos  profeticen  durante  1260  días,  cubiertos  de  sayal  (...)  Pero  cuando  hayan
            terminado de dar testimonio, la Bestia que surja del Abismo les hará la guerra, los vencerá y los matará” (Ap 11, 3 y 7).
                    Joseph Ratzinger, Eschatology: Death and Eternal Life, pg. 136.
                 104
                 105  Ordinatio: 1. Ordenación, disposición. 2. Ordenanza. 3. Administración.
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