Page 90 - Tratado sobre las almas errantes
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del arrepentimiento. Este camino fue muy explorado en la polémica De auxiliis. Pero en el siglo
            XX, ha existido un notable esfuerzo teológico por tratar de comprender que esa condenación eterna
            no viene por parte de Dios, sino por parte de la persona que se cierra a la misericordia.
                Sin llegar al extremo de considerar que la gracia es el único criterio, conviene reparar en que si
            existe una última gracia poderosísima que Dios da a la persona justo antes de morir, entonces esa
            última gracia sí que podría considerarse como algo similar a una especie de barrera definitiva tras la
            cual la voluntad quedaría determinada de forma perfecta.
                Si  Dios  con  cada  ser  humano  otorga  una  última  gracia  en  la  que  despliega  una  verdadera
            sobreabundancia  de  amor  y  de  mociones  al  arrepentimiento,  además  de  dar  simultáneamente  el
            conocimiento de lo que supondría rechazar tal gracia, entonces eso sería una verdadera razón que
            explicaría el por qué de la determinación automática que supone la muerte. No sería el hecho de la
            muerte  por  sí  mismo  lo  que  determinaría  a  la  persona,  sino  que  lo  que  la  determinaría  sería  la
            contundencia de la última gracia. Ésta sería una gratia superior definitiva. “Superior” porque no
            sería una gracia más, sino cualitativamente más poderosa. No en vano, pues sería el último intento
            de Dios por salvar la eternidad de alguien. Y sería  “definitiva”, porque constituiría la gracia que
            define un límite entre las gracias que se reciben en el estado de purificación (en el caso de que la
            aceptes y te salves) o la ausencia total de gracia (en el estado de condenación).
                Entendida así toda la cuestión de la salvación, sería el rechazo a la gracia última, a la gracia
            sobreabundante y cualitativamente diversa de las terrenas, la que determinaría que el rechazo a ésta
            supusiera una determinación irrevocable de la voluntad. Pues sabiendo todo lo que pierde el alma
            con esa decisión, sabiendo que es la última gracia, el alma escogería la opción del alejamiento. Ésta
            sería una posible vía de solución que se inscribiría entre la postura de la condenación como algo
            meramente externo, judicial, por parte de Dios, y la postura psicológica que no entiende como se
            puede tomar una decisión eternamente irreversible.









                                                        Sección 6

                 La cuestión de la administración de los sacramentos


                                                     post mortem



                Resulta  evidente  que  los  sacerdotes  no  pueden  comenzar  a  hacer  experimentos  con  los
            sacramentos.  Pero  queda  en  pie  la  cuestión  teórica  planteada:  ¿es  válido  un  sacramento  post
            mortem? ¿Tendría eficacia el poder sacramental de un sacerdote si un alma sin cuerpo le pidiese el
            sacramento  de  la  confesión?  Aun  dejando  claro  el  deber  de  obrar  con  los  sacramentos  según  el
            modo de actuar que nos ha llegado por la tradición, la cuestión teórica no deja de ser interesante.

                Algunos sacramentos requieren la presencia del cuerpo material del que recibe el signo, pues se
            aplica una materia sobre esa corporalidad. En la confesión, no existe ese requisito. La materia del


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